​ Sección II) La Capacidad Térmica y Límites Operativos de las Redes Eléctricas en operación.​


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La capacidad térmica y límites operativ​os de las redes eléctricas técnicamente aplica a los activos de transmisión y de conformidad con la resolución número 948/2015 de la Comisión Reguladora de Energía en la que se indica que:

​​La actividad de transmisión es aquella que tiene por objeto conducir energía eléctrica desde las Centrales Eléctricas a través de líneas, subestaciones, elementos de transformación, requiriendo de equipos y actividades implícitas asociadas como la operación física, mantenimiento, modernización del equipo, compensación, protección, conmutación, medición y monitoreo, entre otros, en niveles de tensión iguales o superiores a 69 kV, con el fin de entregar la energía eléctrica al Mercado Eléctrico Mayorista​ a Usuarios Finales o a las Redes Generales de Distribución.